Proyecta Disposiciones y el contenido metodológico que rige el presupuesto máximo para la gestión y financiación de servicios y tecnologías no financiados con UPC.
Minsalud, en cumplimiento de lo ordenado por la Corte Constitucional en el Auto 2881 de 2023 y con el fin de crear la metodología unificada aplicable para el proceso de fijación, proyecta ajuste a las disposiciones que rigen el presupuesto máximo asignado a las Entidades Promotoras de Salud. De su contenido se destaca:- Aplica para EPS e IPS.
- Responsabilidades de las EPS: Se destacan, entre otras:
- Administrar, organizar, gestionar y prestar directamente o contratar en forma integral con los diferentes actores del sistema de salud, y sus redes de servicios, el conjunto de servicios y tecnologías en salud financiados con recursos de la UPC y presupuesto máximo.
- Realizar el seguimiento, monitoreo y auditoría a su red prestadora de servicios de salud y demás proveedores de servicios de salud con miras a garantizar la atención integral de sus afiliados, de conformidad con los acuerdos de voluntades que haya concertado.
- Independiente del proceso administrativo en que se encuentre deberá realizar con celeridad, oportunidad, calidad y coherencia los reportes en los módulos de prescripción, suministro y facturación de la herramienta MIPRES
- Considerar la regulación de precios y aplicar los valores máximos por tecnología o servicio definidos por este Ministerio.
- Gestionar los recursos del presupuesto máximo a través de mecanismos que propendan por evitar la superación del recurso
- Las IPS deberán realizar el registro y reporte de la prescripción, suministro y facturación con celeridad, oportunidad y calidad en los módulos de la herramienta tecnológica MIPRE.
- Metodología marco del presupuesto máximo: Será adoptada a través de documento técnico y de manera previa al inicio de cada anualidad, previendo la forma en que se desarrollará cuando proceda, el recálculo del recurso.
- Valor de presupuestos máximo anual: corresponderá al valor resultante de aplicar la metodología mencionada en el punto anterior, cuyo resultado se establecerá al inicio del año de su aplicación.
- Giro Directo: Se realizará de acuerdo a lo consagrado en el Decreto 489 de 2024.
- Traslado y asignación de afiliados: Al 31 de diciembre de cada vigencia se determinará el valor reconocido para servicios y tecnologías de presupuesto máximo asignado será objeto de redistribución entre las EPS o EA por motivo de traslados y asignación de afiliados.
- Cálculo del presupuesto máximo de la vigencia 2025: se asignará de manera provisional por los primeros 6 del año y para su cálculo se considerará:
- El valor asignado en la vigencia anterior.
- Las actualizaciones de los servicios y tecnologías en salud financiadas UPC.
- La última inflación causada, certificada por el DANE, a la fecha de la evaluación, análisis y cálculo.
- Patrimonio adecuado: La Supersalud definirá la forma en que se reflejarán los recursos del presupuesto máximo en el cálculo del patrimonio adecuado.
- Reservas técnicas: La Supersalud definirá el tipo de reservas técnicas asociadas a los recursos del presupuesto máximo.