Instrucciones para la radicación de servicios y tecnologías no financiados con cargo a la UPS ni al presupuesto máximo

Se destaca:
  1. Periodo para radicar recobro: 1 al 5 de agosto de 2024
  2. La entidad recobrante deberá allegar como soportes adicionales a la radicación, la evidencia de entrega de los servicios, la factura física y la historia clínica.
  3. Esta circular solo aplica para el proceso de reporte del aplicativo MIPRES.
  4. Solo estará habilitada esta circular para la radicación de los recobros involucrados en el periodo de contingencia y a partir del 16 de agosto de 2024
ADRES, Circular 0014 de 2024, 26-jun-2024

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