la prórroga de vencimientos
Se dispone la prórroga de vencimientos, resolviéndose:- Prorrogar el pago de la primer cuota de la contribución inmobiliaria urbana, sub-urbana y rural hasta el 04/05 inclusive, sin multas ni recargos.
- efectuar el cobro por concepto de "feriantes", solamente a los que comercialicen alimentos.
- suspender el pago de quienes tengan permiso como feriantes de otro tipo de mercadería.