Requisitos mínimos de seguridad y salud para el desarrollo de trabajo en calderas.
Mintrabajo establece los requisitos mínimos de seguridad y salud en el trabajo que deben aplicarse para realizar actividades que involucren trabajos con calderas.
Las ARL que tengan afiliadas empresas y población trabajadora en la que exista riesgo por la instalación, operación y mantenimiento de cualquier tipo de caldera deberán:
i. Realizar actividades de prevención, asesoría, evaluación de peligros y riesgos.
ii.Ejercer la vigilancia delegada y control en la prevención de los riesgos conforme a lo establecido en la presente norma.
iii. Aseorar a los empleadores en la selección de los elementos requeridos para la protección personal que se usen en el trabajo con calderas y equipos conexos.
iv. Establecer mecanismos, programas y acciones para la asesoría en gestión para el control efectivo de los riesgos mencionados.
Mintrabajo, Resolución 1857 de 2024, 27-may-2024
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