Proyecta la obligatoriedad del reporte de los seguimientos a niños y niñas con desnutrición aguda en el aplicativo “seguimiento a la desnutrición aguda” del SISPRO
Establecería obligatoriedad de reporte en el SISPRO con el fin de evidenciar la evolución del estado nutricional de los niños y niñas con desnutrición aguda y que su manejo este acorde con lo establecido en el lineamiento técnico para el manejo integral de la desnutrición aguda, moderada y severa en niños de cero (0) a 59 meses de edad. De su contenido se destaca:- Aplica para EPS, EAPB e IPS, entre otros.
- EAPB deberán reportar de forma obligatoria los seguimientos a niños y niñas en el aplicativo “seguimiento a la desnutrición aguda” del SISPRO acorde a los tiempos definidos en la Resolución 2350 de 2020, hasta lograr el peso adecuado para la talla-longitud.
- Para el caso de los niños y niñas en manejo hospitalario, el reporte del seguimiento se deberá hacer cada 72 horas y el día de egreso.
- IPS deberán garantizar oportunamente y con calidad, los insumos requeridos por parte de las EAPB para el reporte de los seguimientos en los tiempos establecidos.