Nuevas funciones regulatorias del IGAC
El IGAC, atendiendo al artículo 47 de la Ley 2294 de 2023, asume de manera transitoria las siguientes funciones:- Expedir normas técnicas y administrativas relacionadas para el desarrollo de la gestión catastral.
- Establecer las condiciones jurídicas, técnicas, operativas, tecnológicas, económicas y financieras para la habilitación y contratación de gestores y lineamientos técnicos para la contratación de operadores catastrales.
- Establecer las condiciones jurídicas, técnicas y administrativas requeridas para la deshabilitación de gestores catastrales.
- Establecer las condiciones para el registro de la información catastral en el SINIC o la herramienta que haga sus veces, por parte de los gestores catastrales.
- Señalar la definición para la conformación y funcionamiento de la Infraestructura Colombiana de Datos Espaciales -ICDE-.
- Expedir el régimen de tarifas de los servicios y tramites de la gestión catastral, basado en criterios de eficiencia, suficiencia financiera y sostenibilidad.
- Las demás que señalen las leyes en la materia.