Proyecta procedimientos, términos, mecanismos de envío de información y lineamientos frente a los acuerdos de voluntades.
Minsalud, atendiendo a la necesidad de determinar la información que deben reportar y publicar las entidades responsables de pago, los prestadores de servicios de salud y proveedores de tecnologías en salud, pretende establecer los procedimientos, términos y mecanismos de envío de información en salud y de ejecución, seguimiento y ajuste a los acuerdos de voluntades. De su contenido destaca:- Acuerdo de voluntades: Se establece:
- Elementos que deberán contener.
- Indicadores para su seguimiento.
- Mecanismo de ajuste de riesgo frente a desviaciones
- Lineamientos para el monitoreo y evaluación.
- Reconocimiento y pago de facturas: Se destaca:
- Soporte de cobro de prestación de servicios y tecnologías en salud.
- Auditoria de cuentas médicas
- Manual único de devoluciones, glosas y respuestas.
- Trámite de devoluciones
- reintegro, devoluciones y descuentos de recursos.
- Atención en salud a las personas: Se establecen:
- Lineamientos para atenciones sin autorización.
- Vigencia de las autorizaciones y formulas médicas.
- Procedimiento para el informe de la atención de urgencias.
- Procedimiento de referencia y contrarreferencia.
- Actualización y deber de información a las personas: Se establece lo siguiente:
- Lineamientos para la actualización de los datos de contacto de las personas.
- Deber de información a las personas.
- Canales de comunicación.
- Derogatorias: Se derogan las Resoluciones 3047 de 2008 y 3253 de 2009.