El personal de la Administración Pública provincial, prestará los servicios bajo la figura de “trabajo domiciliario
Suspender desde el 1° de abril y hasta el 12 del presente mes, el deber de asistencia al lugar de trabajo, a todo el personal de la Administración Pública provincial, cualquiera sea su modalidad de contratación y/o régimen estatutario. Establecer que el personal prestará los servicios bajo la figura de “trabajo domiciliario” en su lugar de aislamiento. Sustituir el artículo 5° del Decreto N° 167/2020. Guardias mínimas rotativas presenciales.