Se evita de la exigencia de actualización de información del RUT
La DIAN hace las siguientes precisiones en relación con el Registro Único Tributario (RUT):- La vigencia de la inscripción en el RUT es indefinida.
- El RUT solo se debe actualizar en caso de tener una modificación o adición de los datos que tiene consignados.
- Las entidades públicas o privadas o deben solicitar el RUT con la fecha actualizada en la casilla 61.
- Los datos registrados en el RUT son los únicos que usará la DIAN para las comunicaciones oficiales.