Se suspenden los términos judiciales y audiencias, en la dirección General de trabajo y las Direcciones regionales en todo el territorio nacional
Se suspende los términos judiciales en los procesos y actuaciones que se tramitan en la dirección General de trabajo y en las Direcciones Regionales de todo el territorio nacional desde el 16 de marzo de 2020 hasta el 30 de marzo de 2020, medida esta que puede ser prorrogada según lo sugieran las Autoridades Sanitarias del País.
Suspender y reprogramar las audiencias y conciliaciones que debían efectuarse dentro del término descrito en el artículo anterior.
Brindar el servicio de las orientaciones laborales, a través de los medios digitales y comunicación telefónica.
Autorizar al Director General de trabajo y directores regionales para que apliquen las medidas contenidas en las instrucciones emitidas por este Ministerio de conformidad a la resolución de Gabinete No. 11 de 13 de marzo de 2020, mediante la cual se declara estado de emergencia Nacional, Ley 66 de 1947 que establece control de todo factor insalubre a nivel nacional y el Decreto Ejecutivo 472 del 1 de marzo de 2020.