Proyecta el valor anual de la UPC que financiará los servicios y tecnologías de salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado para la vigencia 2023
Proyecta el valor anual de la UPC-C para el año 2023, en la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS CON CUARENTA CENTAVOS (1.289.246,40), cuyo valor diario será de TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UN PESOS CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($3.581,24). De su contenido se destaca:- Los incrementos del valor de los servicios de salud, cuando existan o no acuerdos de voluntades entre las EPS y las IPS deberán reflejar el incremento de la UPC de las tecnologías y servicios de salud definidos en el correspondiente acto administrativo y que corresponde al 16,23%.
- El valor anual a reconocer y pagar a las EPS del Régimen Contributivo para el desarrollo de las actividades de promoción y prevención durante el año 2023, en la suma de VEINTICUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS PESOS CON CUARENTA CENTAVOS MONEDA CORRIENTE ($24.152,40) que corresponde a un valor diario de SESENTA Y SIETE PESOS CON NUEVE CENTAVOS MONEDA CORRIENTE ($67,09).
- Fíjese en un 0,39% del Ingreso Base de Cotización, el reconocimiento y pago de incapacidades de origen común por enfermedad general, incluido el pago de las incapacidades superiores a los quinientos cuarenta (540) días continuos, a los afiliados cotizantes con derecho de las EPS.
- Establece términos en el que las EPS de los regímenes Contributivo y Subsidiado reportarán la información que requiera la Dirección de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud de este Ministerio.
- El reporte de información correspondiente a los servicios y tecnologías en salud prestados durante el período del 1 de enero al 31 de diciembre 2023 se debe realizar de forma trimestral y acumulativa, incluyendo las autorizaciones que se hayan generado y que al corte no se hayan facturado.