Implementación del Sistema Integral de Prevención del Lavado de Activos (SIPLA)
El día 13 de diciembre de 2022 fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución Nro. 808/2022 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, mediante la cual se dispone la la implementación del “Sistema Integral de Prevención del Lavado de Activos” (SIPLA), bajo la órbita de la Gerencia de Prevención y Control del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, el cual tendrá los siguientes objetivos: a) Monitorear los Sistemas de Prevención de las entidades aseguradoras y nutrir al área de supervisión de información actualizada y sistematizada previo al inicio de las supervisiones. b) Confeccionar y mantener actualizado el Registro de Entidades alcanzadas por el Estándar Común de Reporte (CRS) y recabar la información correspondiente al régimen informativo establecido por la Resolución SSN Nº 38.632/2014 en el marco de la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICOS (OCDE); para el cumplimiento del Convenio Específico entre la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS respecto de los procedimientos de intercambio de información en relación con el cumplimiento del Estándar Común de Reporte (CRS). c) Recabar información correspondiente a la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero (FATCA) respecto de las entidades que hayan adherido. d) Agilizar y sistematizar la actualización de la información de los Oficiales de Cumplimiento Titular y Suplente del Registro de Oficiales de Cumplimiento del sector asegurador. e) Recabar información sobre las operaciones reportadas por las entidades aseguradoras para confeccionar un documento académico de Tipologías de LA/FT que pueda ser utilizado por el sector asegurador para evaluar el riesgo de lavado y diseñar alertas más efectivas. f) Sistematizar la información para nutrir y automatizar las Matrices de Riesgo entidad y supervisión de la Gerencia. La Resolución entra en vigencia a partir del 23 de diciembre de 2022.Resolución Nro. 808 de la Superintendencia de Seguros de la Nación
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