Nuevas instrucciones para el reconocimiento de Entidades de Contrapartida Central Extranjera
La SuperFinanciera imparte instrucciones con el fin de establecer los criterios para reconocer la equivalencia de las Entidades de Contrapartida Central (ECC) Extranjeras y sus efectos en materia de ponderación de activos por nivel de riesgo y en los regímenes de inversión de entidades vigiladas en la negociación de instrumentos financieros. De la norma destaca:- Define los criterios que deben cumplir las ECC extranjeras para ser reconocidas como equivalentes por la SFC.
- Determina la equivalencia entre las CRCC locales y las ECC extranjeras.
- Establece el porcentaje de ponderación por riesgo de crédito de las exposiciones cuya contraparte es una ECC extranjera.
- Precisa el alcance del deber de los proveedores de infraestructura del mercado de valores internacional, sobre el cumplimiento de los PFMI.