Proyecta la obligación de promocionar los BEPS cuando la persona no cumpla los requisitos para acceder a la pensión en el SGP
MinTrabajo proyecta la obligación, en cabeza de las administradoras de fondos de pensiones informen a los afiliados la posibilidad de acceder a los BEPS cuando no tienen derecho a una pensión en el Sistema General de Pensiones. Del proyecto destaca:- Se tendrá como prerrequisito para la devolución de saldos o indemnización sustitutiva que se cumplan con las condiciones dispuestas en la norma.
- Las AFP deberán identificar a los afiliados que en la siguiente vigencia alcanzarán la edad de pensión sin cumplir requisitos para obtenerla.
- Las AFP deberán informar a Colpensiones, en calidad de administradora de los BEPS, sobre las personas que cumplirán la edad de pensión sin requisitos para obtenerla.
- Se reglamenta el proceso de asesoría de promoción de BEPS por parte de Colpensiones y la solicitud de indemnización sustitutiva o devolución de saldos.