Se reglamenta la habilitación del trabajo en casa
Se reglamenta la habilitación del trabajo en casa para, los empleadores, y trabajadores del sector privado, así como las condiciones necesarias para el desarrollo de esta habilitación. De su contenido se destaca:- Se entenderá por circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales, aquellas situaciones extraordinarias y no habituales, que se estima son superables en el tiempo, atribuibles a hechos externos, extralaborales o propios de la órbita del trabajador o del empleador que permiten que el trabajador pueda cumplir con la labor contratada en un sitio diferente al lugar habitual de trabajo.
- La habilitación del trabajo en casa podrá solicitarse por parte del trabajador a su empleador, por escrito, en medio físico o digital.
- Ante la ocurrencia de circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales, el empleador podrá optar por la habilitación de trabajo en casa respecto de uno o varios de sus trabajadores, en una o varias dependencias de la empresa.
- Se establece el contenido que debe tener la comunicación, el procedimiento y la terminación para la habilitación del trabajo en casa.
- La habilitación para trabajo en casa podrá surtirse para laborar desde el extranjero. Se fijan las condiciones para esto.
- Se establecen obligaciones para las ARL, el empleador y el trabajador en lo referente al trabajo en casa.