Lineamientos generales para el cumplimiento de la obligación establecida en el tercer párrafo del artículo 15 A de la Ley del Seguro Social
El 13 de abril de 2021 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.300322/68.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión ordinaria de 30 de marzo de 2022, mediante el cual se aprobaron los Lineamientos generales para el cumplimiento de la obligación establecida en el tercer párrafo del artículo 15 A de la Ley del Seguro Social, así como su Anexo Único. Los referidos Lineamientos tienen por objeto dar certeza jurídica y regular la presentación de la información a cargo de las personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas, conforme a la obligación establecida en el tercer párrafo del artículo 15 A de la Ley del Seguro Social; la publicación del listado de contratistas que cumplan con dicha obligación, así como las acciones de orientación y promoción que el Instituto podrá realizar para incentivar el cumplimiento de esta obligación. En ese sentido, los prestadores de servicios deberán utilizar el sistema informático ICSOE (Informativo de Contratos de Servicios u Obras Especializados) para presentar la información de los contratos celebrados a que se refiere el párrafo tercero del artículo 15ª de la Ley y señala que para firmar y enviar la informativa será necesario utilizar la firma electrónica avanzada o e.firma cuyo certificado digital emite el Sistema de Administración Tributaria (SAT).ACUERDO ACDO.AS2.HCT.300322/68.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico en sesión ordinaria de 30 de marzo de 2022
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