Reajuste a la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) en relación con la planilla de cotizantes, empresas y tipo de cotizantes.
Teniendo en cuenta que en la Prestación Económica Humanitaria Periódica la obligación al Sistema de Salud surge desde el momento del reconocimiento de la misma a través de acto administrativo y que desde el cumplimiento de requisitos hasta el reconocimiento de la prestación transcurre un tiempo sobre el cual se deben realizar descuentos que deben ser destinados al sistema de salud. Esta norma:- Modifica la aclaración al tipo de planilla A “cotizante con novedad de ingreso” y el cotizante “63 – beneficiario de prestación humanitaria” para permitir el recaudo de la cotización a salud sobre las sumas por concepto del pago adicional a los beneficiarios de la Prestación Humanitaria.
- Modifica la aclaración al tipo de planilla “X. Planilla para el pago de empresas en liquidación” para evitar que algunos cotizantes independientes aporten al Sistema de Salud con una tarifa inferior a la establecida en la normativa vigente