Reglamenta la producción de oxígeno medicinal en el marco de la emergencia sanitaria
MinSalud insta a los establecimientos fabricantes de oxígeno, ubicados en territorio nacional, a destinar sus reservas, inventarios, y capacidad de producción de oxígeno a la elaboración y suministro del medicamento. De otro frente, elimina el reporte semanal que estos establecimientos deben realizar respecto de la producción y distribución semanal.
MinSalud, Decreto 1672 de 2021
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