Incluye definiciones y modifica el proceso requerido en la Debida Diligencia Intensificada para la gestión del riesgo integral LA/FT/FPADM
La SuperSociedades define “Beneficiario Final”, “PEP”, “PEP Extrajera” y “Asociado Cercano”, y, además, modifica el proceso de Debida Diligencia Intensificada que deberá ejecutarse en desarrollo del sistema de autocontrol y gestión del riesgo integral LA/FT/FPADM y reporte de operaciones sospechosas a la UIAF. De la norma destaca:- La Debida Diligencia Intensificada deberá aplicarse a Contrapartes Y a Beneficiarios Finales.
- La Debida Diligencia Intensificada de los PEP se extenderá a: (i) Cónyuges o compañeros Permanentes; (ii) Familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, y primero civil; y, (iii) Asociados Cercanos.