Se regula el pago de las cotizaciones al Sistema General de Pensiones por los periodos de abril y mayo de 2020
MinTrabajo reglamenta el pago de las cotizaciones al Sistema General de Pensiones por los periodos correspondientes a abril y mayo de 2020, de los que fueron exonerados los empleadores y trabajadores independientes. De la norma resalta:- Los empleadores del sectores público y privado, y los trabajadores dependientes e independientes, deben aportar los montos faltantes de las cotizaciones en un plazo máximo de 36 meses contados desde el 01-jun-21.
- No se causarán intereses de mora.
- El aporte faltante será asumido en las siguientes proporciones: 75% empleador, 25% empleado, 100% trabajador independiente. El empleador o el trabajador podrán cancelar el total y cobrarle a la otra parte el faltante.
- Los empleadores se encuentran autorizados a descontar del salario y/o prestaciones el 25% que les corresponde.
- Las semanas afectadas en cotización no serán tenidas en cuenta para la pensión de vejez hasta que se efectúe el aporte faltante.