Se modifica el procedimiento de las Operaciones de Cambio
El Banco de la República modifica el procedimiento aplicable a las Operaciones de Cambio, y establece que los residentes y no residentes que realicen operaciones de cambio deberán suministrar a los intermediarios del mercado cambiario y al BR en el caso de nuevas cuentas de compensación, la información de los datos mínimos que el BR requiera, en la Declaración de Cambio. Se modifica el formulario de Registro, Informe de Movimientos y/o Cancelación Cuenta de Compensación.
BanRep, Circulare Reglamentaria Externa DCIN-83 de 2021
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