Se establece el calendario tributario del municipio de Medellín para la vigencia 2021
Por medio de la presente Resolución se establece, entre otros: (i) Los plazos para declarar el impuesto de Industria, Comercio y sus complementarios, del periodo gravable 2020, se inicia el veinte (20) de enero de 2021 y vence entre el 19 y el 30 de abril de la misma anualidad, atendiendo al último dígito del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación, o del documento de identificación del declarante; (ii) que las declaraciones anuales del impuesto de Industria y Comercio y sus complementarios, deberá realizarse de manera virtual por el portal de la Alcaldía de Medellín https://www.medellin.gov.co/, botón “Declaración y pago de Industria y Comercio”; (iii) Se establecen los plazos para presentar las declaraciones bimestrales de retención en la fuente por concepto de industria y comercio; (iv) los plazos para presentar las declaraciones bimestrales de autorretención en la fuente por concepto de industria y comercio; (v) los plazos para el pago del impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros; (v) los plazos para el pago del impuesto predial unificado.Resolución 202050071496 de 2020, Alcaldía de Medellín
Se establece el calendario tributario del municipio de Medellín para la vigencia 2021