Se establecen las condiciones mínimas de uso del casco protector para los conductores y acompañantes de vehículos tipo motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos
Se reglamentan las condiciones mínimas que se deben observar uso del casco protector para los conductores y acompañantes de vehículos tipo motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos. Aplica para todo el territorio nacional. Los conductores y acompañantes que no acaten lo previsto en la presente Resolución, incurrirán en las sanciones previstas en la Ley. Además, la no utilización del casco de seguridad cuando corresponda, dará lugar a la inmovilización del vehículo.Resolución 20203040023385 de 2020, MinTransporte
Se establecen las condiciones mínimas de uso del casco protector para los conductores y acompañantes de vehículos tipo motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos