Se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el régimen de inversión de los fondos de pensiones obligatorias y cesantía, las entidades aseguradoras y sociedades de capitalización
El presente Decreto pretende flexibilizar los regímenes de inversión y criterios de gestión encaminados a lograr mejores retornos para los afiliados. Con ello, también se exige que las sociedades administradoras actúen con altos estándares de transparencia, disciplina de mercado, independencia, profesionalismo y gobierno corporativo. De igual manera, este Decreto pretende llevar a cabo la transición de un régimen de inversiones basado en límites, cupos y restricciones a un régimen híbrido en el que predominan los principios y estándares de conducta basados en el principio de la “persona prudente”. Entre otras, se encuentran modificaciones en disposiciones acerca de inversiones de capital privado, inversiones indirectas, límites máximos de inversión por emisión, límite de concentración de propiedad accionaria, cambios a la política de inversión y profesionalidad. Las entidades aseguradoras y las sociedades de capitalización deberán aplicar las disposiciones previstas en el presente decreto a más tardar dentro de los nueve (9) meses siguientes a su entrada en vigencia.Decreto 1393 de 2020, MinHacienda
Se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el régimen de inversión de los fondos de pensiones obligatorias y cesantía, las entidades aseguradoras y sociedades de capitalización