Se modifica la Resolución 1172 de 2020 sobre los términos y condiciones de reporte de información para determinar el monto económico temporal en favor del talento humano en salud que presta sus servicios a pacientes con sospecha o diagnóstico de COVID-19
Por medio de esta nueva Resolución ahora el Instituto Nacional de Salud, además de las IPS y las secretarías de salud departamentales, distritales y municipales deben reportar la información a la ADRES del talento humano en salud que presta sus servicios a pacientes con sospecha o diagnóstico de COVID-19 o que realizan vigilancia epidemiológica para determinar el monto económico temporal a favor del talento humano. Las novedades del talento humano en salud que se generen a partir del mes de agosto de 2020 se reportarán durante los primeros diez (10) días del mes siguiente.Resolución 1468 de 2020, MinSalud
Se modifica la Resolución 1172 de 2020 sobre los términos y condiciones de reporte de información para determinar el monto económico temporal en favor del talento humano en salud que presta sus servicios a pacientes con sospecha o diagnóstico de COVID-19