Condiciones para el pago por disponibilidad de camas de cuidado intensivo e intermedio
Por medio de la presente se establecen los servicios y tecnologías en salud que integran las canastas para la atención del Coronavirus COVID-19 y se regula el anticipo de los recursos de canastas para realizar pagos por disponibilidad de camas de cuidados intensivos e intermedios. Entre otras disposiciones, se resalta de esta norma que:- Se define el contenido de las canastas de servicios y tecnologías para la atención del COVID-19. Se advierte que el valor de cada uno de estos, y las condiciones de reconocimiento y pago por parte de la ADRES será regulado por parte de MinSalud.
- Se determina que el valor a reconocer: (i) Unidad de Cuidados Intensivos $456.482 COP; y, (ii) Unidad de Cuidados Intermedios $347.538 COP. Para el cobro, las IPS deberán remitir certificación firmada por el representante legal.
- Las IPS deberán utilizar estos recursos para financiar el mantenimiento de la disponibilidad del servicio.
- Las IPS deberán certificar el pago de los gastos asociados a la nómina.