Decreto 858 de 2020
Durante el término de la Emergencia Sanitaria declarada por el COVID-19, la afiliación de personas detenidas sin condena o que estén cumpliendo medida de aseguramiento en centros de detención transitoria como Unidades de Reacción Inmediata -URI, estaciones de policía u otra institución del Estado que brinde dicho servicio se adelantará así: Durante el término de la Emergencia Sanitaria declarada por el COVID-19 , la afiliación de personas detenidas sin condena o que estén cumpliendo medida de aseguramiento en centros de detención transitoria como Unidades de Reacción Inmediata -URI, estaciones de policía u otra institución del Estado que brinde dicho servicio.
Decreto 858 de 2020, Ministerio de Salud
Afiliación de personas detenidas sin condena o con medida de aseguramiento