En Santader, se adopta la medida nacional de aislamiento preventivo obligatorio.

Prorrogar el aislamiento obligatorio a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 01 de junio de 2020 y hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 01 de julio de 2020. Prohibir el consumo de bebidas alcohólicas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio durante la vigencia de la medida. Se establece toque de queda en el Departamento. Se mantienen las mismas excepciones de circulación para personas y vehículos, incluidas las nuevas actividades aperturadas con el aislamiento preventivo ordenado por el Gobierno Nacional. Las personas que desarrollen las actividades exentas deberán acreditarlo con el certificado laboral. Las personas que desarrollen las actividades mencionadas en el presente artículo deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia del coronavirus COVID-19. Los alcaldes de Municipios sin afectación de coronavirus, podrán solicitar al Ministerio del Interior el levantamiento de la medida de aislamiento preventivo. En ningún caso se podrán habilitar los siguientes eventos o actividades: eventos públicos o privados, los establecimientos y locales comerciales de esparcimiento y diversión, de baile, ocio y entretenimiento y de juegos de azar, Gimnasios, piscinas, canchas deportivas, los establecimientos y locales gastronómicos permanecerán cerrados y solo podrán ofrecer sus productos a través de comercio electrónico, cines y teatros. Se prohíbe la movilización de transporte terrestre de pasajeros interdepartamental e intermunicipal. Se sostiene medida de circulación para adquisición de alimentos, utilización de servicios y demás actividades exceptuadas dentro de los días de pico y cédula y se establecen medidas para la reactivación económica.
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