En Santa Marta, se adopta el Decreto Nacional Número 749 del 28 de mayo de 2020.
En el marco del Decreto Nacional Número 749 del 28 de mayo de 2020, se adopta la medida de aislamiento preventivo obligatorio hasta las 0:00 horas del 1 de julio de 2020, permitiendo el derecho de circulación frente a ciertas actividades excluidas del aislamiento, como la asistencia y prestación de servicios de salud, la adquisición y pago de bienes y servicios, la asistencia y cuidado de niños, mayores de 70 años y personas con discapacidad; la cadena de producción y distribución de medicamentos; las obras de infraestructura de transporte y obra pública; las actividades de la industria hotelera; el servicio de aseo y limpieza doméstico, entre otros.
Se exige que el personal vinculado a estas actividades sea debidamente registrado a través de un formato de registro establecido por la Alcaldía Municipal, y así mismo, se exige que cumplan con todas las medidas de bioseguridad. Igualmente se indica que, en Santa Marta, los centros comerciales estarán abiertos al público de lunes a viernes en el horario comprendido entre las 10:00 a.m. y las 5:00 p.m., una vez aprobados los protocolos de bioseguridad. Se dispone también lo relativo a los requisitos y prohibiciones para el desarrollo de actividad física y ejercicios al aire libre.
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