Declara la cuarentena para el Puente festivo del 20 de marzo (19 marzo 2020)

Por medio de la cual se declara una cuarentena por la vida en el departamento de Antioquia desde las 7:00 de la noche del viernes 20 de marzo del 2020 hasta las 3:00 de la mañana del martes 24 de marzo del mismo año.
De su contenido destacamos:
  • Se prohíbe la circulación de personas y vehículos con el objetivo de contener la propagación del virus COVID-19 .
  • Se excepcionan de la medida de cuarentena algunas personas, vehículos y actividades, incluyendo aquellas personas que tengan vuelos de salida o llegada a los aeropuertos Jose María Cordoba de Rionegro, Olaya Herrera en el municipio de Medellín y Antonio Roldan en el Municipio de Carepa, programados durante el periodo de Cuarentena.
  • El servicio de transporte terrestre automotor de pasajeros por carreteras intermunicipales y el tránsito en las vías del orden nacional que realice cualquier persona también queda exceptuado de la medida de cuarentena.
  • Adicional a las excepciones que propone el Decreto, se da facultad a los alcaldes municipales para otorgar permisos, excepcionales y especiales para la circulación.
  • El cierre de establecimientos comerciales gastronómicos no se extiende a la oferta de sus productos mediante plataformas virtuales y/o por entrega a domicilio.
  • Los restaurantes ubicados en los hoteles solo podrán prestar domicilio a sus Huéspedes.
  • Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en espacios abiertos y establecimientos de comercio, a partir de las 6:00 de la tarde del jueves 19 de marzo de 2020 hasta las 6:00 de la mañana del día sábado 30 de mayo.
Quien incumpla con lo establecido en el Decreto deberá atenerse a las sanciones consagradas en el Código de Policía y adelantar actividades sociales para la prevención y atención del Coronavirus, por un término de 4 horas, el cual será supervisado por las autoridades municipales.
Documento

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