La DIAN clarifica las implicaciones tributarias del Impuesto Solidario por el COVID-19
Determina la DIAN que, para efectos determinar el hecho generador, se deberán tener en cuenta la totalidad de los pagos o abonos que reciba la persona, sin importar que estos pagos provengan de más de una entidad estatal. Cada entidad debe verificar si procede la retención en la fuente, y en caso de que sea así, debe practicarla en la proporción que le corresponda
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